La lista de artículos que conforman el equipaje de los pasajeros procedentes de la franja o región fronterizas es la señalada en esta guía y su franquicia es de hasta 300 dolares de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedad, siempre que el pasajero acredite tal circunstancia mediante comprobante expendido en la franja o región fronteriza; esta cantidad puede ser acumulada por los miembros de una familia, que viajen de manera simultanea en le mismo medio de transporte.
Artículos 50 y 61 de la la ley aduanera, 89 y 174 de su reglamento y regla 2.7.2 de las reglas de carácter general de materia de comercio exterior para 2005.
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