El DTA se causa con motivo de las operaciones aduaneras que se efectúen utilizando un pedimento o el documento aduanero correspondiente en los términos de la ley aduanera, de conformidad, para conocer el monto, consulte la ley federal de derechos, ya que las cantidades se actualizan semestralmente.
Fundamento: Artículos 1 y 49 de la Ley Federal de Derechos, artículos 310 del TLCAN, 3-11 del TLC México Costa Rica y 3-10 del TLC México Chile, 3-10 TLC México Colombia y Venezuela, 3-13 TLC México, El Salvador, Guatemala y Honduras, TLC 3-09 y el anexo a articulo 3-09 TLC México Israel y Reglas 5.1.1. a 5.1.5., de las reglas de Caracter General en Materia de comercio Exterior para 2005.
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