Es un comprobante fiscal que sirve para mostrar que se han pagado todas las contribuciones para la entrada y salida de mercancías de comercio exterior hacia o desde el territorio nacional mexicano.
"PEDIMENTO COMPLEMENTARIO"
Para efectos de determinar o pagar el impuesto general de importación en la exportación o retorno de las mercancías.
- Este pedimento se deberá elaborar y en su caso determinarse o pagarse, dentro de los 60 días naturales siguientes a la fecha en que se haya tramitado el pedimento que compare el retorno.
- Las decisiones deberán ser determinadas por el contribuyente, e informadas al agente adicional para su declaración.
- La presentación de los pedimentos hacia la aduana se hara por conducta de los buzones para tramites que se encuentren ubicados en la propia aduana.
- La impresión se realiza en papel blanco sin que sea necesario la copia del transportista, por tal motivo el código de barras se imprimirá en el tanto destinado a la aduana.
"PEDIMENTO CONSOLIDADO"
Consiste en:
La declaración de varias operaciones de exportación e importación si se realizan por empresas Pitex o maquila doras, en un solo documento.
Este pedimento contiene algunos requisitos.
Se deberá cumplir con lo siguiente.
- Someter las mercancías al mecanismo de selección automatizado, presentando copias de facturas.
- Las facturas deberán contener los siguientes datos:
- Nombre o razón social y RFC del contribuyente.
- Fecha y numero de la factura.
- Descripción, cantidad y valor de las mercancías.
- Datos del vehículo que transporta la mercancía.
"PEDIMENTO SIMPLIFICADO"
Importación de pasajeros o personas físicas en cruces fronterizas, aeropuertos y aduanas, para mercancías cuyo valor en aduana no exceda el equivalente a mil dolares de los EUA, en moneda nacional.
"SUB-CLASIFICACIÓN"
Pedimento (Formato dinámico):
Conformado por bloque en el cual únicamente se deberán imprimir los bloque correspondientes a la información debe ser declarada. Este formato deberá presentarse en un ejemplo destinado al importador o exportador tratándose de las operaciones previstas.
Pedimento de transito para el transbordo:
Este debe contener:
- Numero de pedimento.
- Tipo de operación.
- Clave de pedimento.
- Aduana.
- Sección origen/destino.
- Domicilio.
- Numero de vuelo.
- Facturas.
- Descripción de las mercancías.
- País de origen.
- T.C.
- Fecha de entrada.
- Fecha de arriba del transito.
- Importador destinatario.
- R.F.C.
- Lineas aérea.
- Numero de matricula.
- Proveedores.
- Valor en aduana.
- Cantidad entre otros.
PEDIMENTO DE IMPORTACIÓN TEMPORAL DE REMOLQUES, SEMIREMOLQUES Y PORTA-CONTENEDORES.
Bajo el régimen del transito interno y únicamente podrán circular entre la estación del ferrocarril y el lugar donde efectúan la entrega de las mercancías importadas en estos y viceversa. En caso de que se retorne al extranjero, podrán circular directamente desde el lugar de la entrega de las mercancías hasta la aduana para que lo ingrese.
El retorno deberá realizarse por el mismo medio por el cual fueron introducidos a territorio nacional.
Para efectos de la presente regla, se podrá realizar el retorno extemporáneo de los remolques, semiremolques y porta-contenedores que ingresen a territorio nacional por vía marítima.
PEDIMENTO DE EMBARQUE PARCIAL DE MERCANCÍAS.
Para la internacion o extracción de determinados tipos de mercancías a través de determinados operaciones se podrá optar por amparar la mercancía a través de un pedimento.
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